Planes de Refinanciación y Cancelación de Deudas de Contribución Inmobiliaria en Canelones

Desde el 8 de mayo de 2016 están vigentes los nuevos planes para refinanciación y cancelación de deuda de Contribución Inmobiliaria. Podrán aplicarse los decretos 15 y 16 aprobados por la Junta Departamental de Canelones, sin observaciones del Tribunal de Cuentas, cuyo objetivo es regularizar el pago de Contribución Inmobiliaria Urbana,Suburbana y Tributos Conexos. Desde hace varios años la Intendencia premia al buen pagador otorgándole un 10% de descuento por pago contado y un 15% más por estar al día con sus tributos.

Es un nuevo procedimiento especial a efectos de regularizar el pago de contribución inmobiliaria urbana, suburbana y tributos conexos para padrones cuyo valor de aforo al 31 de diciembre de 2016 no supere los $500.000.

Se dinamizaron algunos de los decretos que ya estaban vigentes: “le subimos el tope a uno que era de $300.000 de aforo y que pasó a tener un tope de $500.000”, aseguró Loreley Rodríguez Directora de Recursos Financieros de la Intendencia de Canelones.

“Lo que se quiere es generar facilidades de pago a quienes no están al día”, afirmó Rodríguez y agregó que “se generaron, desde la Intendencia, nuevas dinámicas para que todos los nuevos contribuyentes del departamento, en el año 2017, que tengan un atraso en la contribución inmobiliaria encuentren un mecanismo más fácil para poder aportar al departamento”.

Podrán ampararse aquellos contribuyentes titulares de un único padrón en el cual habiten. El convenio comprenderá a las cuotas vencidas correspondientes a la fracción del ejercicio en que se suscribe incluida a la deuda generada en los cuatro años anteriores al mismo, sin multas ni recargos.

Cabe destacar que la deuda generada con anterioridad al período comprendido en el convenio se congelará conjuntamente con las multas y recargos, suspendiéndose la exigibilidad de su pago. Una vez cancelado el convenio ,y manteniendo el pago al día del ejercicio en curso, se condonarán los cuatro años más antiguos de la deuda suspendida. Posteriormente, por cada año abonado en tiempoo y forma, se condonará el año más antiguo de la deuda suspendida. Los convenios en hasta 36 cuotas iguales y consecutivas, en Unidades Indexadas (UI) y sin entrega inicial, abonando la primera cuota el mismo día que se suscribe el convenio.

Rodríguez informó que “un porcentaje de esta recuperación de morosidad que se dé en cada uno de los territorios, va a ser volcado en algunos proyectos de la propia localidad a la que pertenece el contribuyente”. Señaló que, con esto, lo que se hace es “impulsar la ley de descentralización que está vigente” y además que “se generan nuevos recursos genuinos para el territorio”.

La Intendencia estableció una nueva escala de entregas iniciales y plazos para convenir deudas de cualquier tributo a excepción de patente: 5% de entrega inicial y convenio hasta en 12 meses; 10% de entrega y convenio hasta en 18 meses; 15% de entrega y convenio hasta en 24 meses; 20% de entrega y convenio hasta el 36 meses; 25% de entrega y convenio hasta en 48 meses y 30% de entrega y convenio hasta en 60 meses.

“Nuestra invitación es que pasen por cada uno de los Municipios a los cuales pertenece su padrón y que consulten porque para cada una de las situaciones, nosotros tenemos un planteo de solución”, aseguró Rodríguez.

 

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